Voto para personas privadas de libertad ("Voto Preso")
A incluirla en mi programa y cumplirla antes de 1 año.
Entiendo que esta propuesta ciudadana surge como respuesta a la siguiente problemática:
Presos sujetos a prisión preventiva por delitos comunes y no sujetos a pena aflictiva, así como condenados a penas no aflictivas, no tienen restricción jurídica alguna a su derecho a voto. Sin embargo, de facto no cuentan con la posibilidad de ejercer tal derecho por no existir locales de votación en los recintos penales ni circunscripciones a las cuales adjudicar sus votos.
Desde comienzos de 2017 la Tercera Sala de la CS ha acogido recursos de protección interpuestos por el INDH (Valparaíso, San Miguel, Talca). Existe una serie de otros recursos pendientes. La Corte desestimó los argumentos de Servel y sostuvo que nada le impide crear locales de votación en los centros penitenciarios en cuestión.
Además, entiendo que el problema estará solucionado cuando:
1. Permitir voto en elecciones 2017: Dar seguimiento y verificar la implementación de lo resuelto por la Corte Suprema en las acciones de amparo.
2. Creación de circunscripción electoral: Generar un estudio más profundo que permita sustentar un proyecto de ley con miras a que sea introducido el próximo año.
Giorgio Jackson Drago
Diputada O Diputado por Distrito 10.